domingo, 15 de noviembre de 2009

Superintendencia de Servicios de Certificacion Electronica (SUSCERTE)


La Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica (SUSCERTE), es un servicio autónomo creado mediante el Decreto-Ley N° 1.024 de fecha 10 de febrero de 2001, de Mensaje de Datos y Firmas Electrónicas, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.148 del 28 de febrero de 2001. Con autonomía presupuestaria, administrativa, financiera y de gestión, en las materias de su competencia. Tiene por objeto acreditar, supervisar, y controlar en los términos previstos en este Decreto-Ley y sus reglamentos, a los Proveedores de Servicios de Certificación públicos o privados. Entre sus competencias están: 1. Otorgar la acreditación y la correspondiente renovación a los Proveedores de Servicios de Certificación una vez cumplidas las formalidades y requisitos del Decreto-Ley, sus reglamentos y demás normas aplicables. 2. Revocar o suspender la acreditación otorgada cuando se incumplan las condiciones, requisitos y obligaciones que se establecen en el Decreto-Ley. 3. Mantener, procesar, clasificar, resguardar y custodiar el Registro de los Proveedores de Servicios de Certificación públicos o privados. 4. Verificar que los Proveedores de Servicios de Certificación cumplan con los requisitos contenidos en el Decreto-Ley y sus reglamentos. 5. Supervisar las actividades de los Proveedores de Servicios de Certificación conforme al Decreto-Ley, sus reglamentos, las normas y procedimientos que establezca la Superintendencia en el cumplimiento de sus funciones. ¿Quién autentifica las firmas electrónicas en Venezuela? Las autoridades de certificación en Venezuela de acuerdo a lo expresado por la Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica SUSCERTE son los siguientes: * Fundación Instituto de Ingeníeria para la Investigación y Desarrollo Tecnológico (FII) ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Ciencia y Tecnología como PSC de *carácter público* * PROCERT: Empresa Proveedores de Certificados (PROCERT) C.A. como PSC de *carácter privado Venezuela cuenta con firmas electronicas.
Este avance tecnológico logra adaptar una firma autógrafa a los medios electrónicos. De esta manera, se identificará la autoría del mensaje, facilitará la ejecución del Gobierno Electrónico y se podrán realizar acciones como el pago de impuestos, legalización de contratos, entrega y cobro de factura, entre otros. Asimismo, se podrán realizar vía Internet, trámites administrativos, eliminando el uso del papel.

El Ministro del Poder Popular para las Telecomunicaciones y la Informática, Jesse Chacón, durante su discurso explicó que Venezuela ha dado un salto cuántico en materia de Seguridad de transacciones electrónicas, lo que permite el acercamiento entre el ciudadano venezolano y el Estado, así como con muchas organizaciones privadas.

Asimismo, todo lo adelantado en materia legal sobre firmas electrónicas, regido por el Decreto con Fuerza de Ley sobre Mensajes de datos y Firmas Electrónicas de 2001 y posteriormente su reglamento parcial del año 2004. Chacón, destacó el trabajo realizado por venezolanos, utilizando la tecnología de sofware libre, lo que permite mantener la soberanía sobre este desarrollo y todas aquellas modificaciones y adelantos que se han incluido en esta labor.

Por su parte, Omar Montilla, Superintendente de la Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica, (SUSCERTE), explicó que se ha planteado el reto de construir un nuevo Estrado a través de la certificación electrónica, y utilizarla como un proceso tecnológico y convertirlo en un articulador de desarrollo al servicio de los ciudadanos en su relación con el Estado.

Montilla explicó que: “Se está comenzando con el funcionamiento de una primera parte de una infraestructura nacional de certificación electrónica, primero por la autoridad de certificación raíz, asimismo ya recibimos la primera solicitud del proveedor de servicio de certificación”.

Tanto Chacón como Montilla, explicaron los beneficios que traerá esta firma electrónica a la sociedad venezolana, mencionado algunos de estos beneficios como lo son: la firma de contratos en línea, las contrataciones a distancia y próximamente los documentos de identificación.


Articulo tomado de la direccion electronica
http://lac.derechos.apc.org/es-newsletter.shtml?apc=21875sec1&x=5057341

Decreto con fuerza de ley sobre mensajes de datos y firmas electonicas

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