martes, 17 de noviembre de 2009

Validez y Eficacia de la Firma Electrónica.


Validez y eficacia de la Firma Electrónica.
De acuerdo al decreto de ley sobre mensajes de datos y firmas electronicas las firmas electronicas permitira vincular al signatario con el mensaje de datos y atribuir la autoría de éste, y tendrá la misma validez y eficacia probatoria que la ley otorga a la firma autógrafa. A tal efecto, salvo que las partes dispongan otra cosa, la Firma Electrónica deberá llenar los siguientes aspectos:

1. Garantizar que los datos utilizados para su generación puedan producirse sólo una vez, y asegurar, razonablemente, su confidencialidad.
2. Ofrecer seguridad suficiente de que no pueda ser falsificada con la tecnología existente en cada momento.
3. No alterar la integridad del Mensaje de Datos.

El efectos jurídicos de acuerdo al artículo 17 de la ley establece que las firma electrónica que no cumpla con los requisitos señalados en el artículo anterior no tendrá los efectos jurídicos que se le atribuyen en el presente Capítulo, sin embargo, podrá constituir un elemento de convicción valorable conforme a las reglas de la sana crítica.

Entendiendose porsana critica como la operación intelectual realizada por el juez y destinada a la correcta apreciación del resultado de las pruebas judiciales, realizada con sinceridad y buena fe. Ha sido definida como "la lógica interpretativa y el común sentir de las gentes" y como la combinación de criterios lógicos y de experiencia que debe aplicar el juzgador. (http://es.wikipedia.org/wiki/Sana_cr%C3%ADtica)

Diapositivas sobre firmas electronicas

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